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martes, 1 de junio de 2010

TITULO VII DE LA RAMA EJECUTIVA

Presidente de la república
El presidenta es significado de la unión nnacional y debe jurar por el cumplimiento de las leyes y derecho de los ciudadanos.
Ha este le corresponde mantener firme las leyes de la constitución y tomar decisiones nacionales, además de forjar relaciones con países internacionales para mejorar el desarrollo de la convivencia internacional, se encarga de dirigir a la fuerza publica y operaciones de guerra, reformar leyes, afirmar al senado, sancionar leyes y clausularlas.
Estados de excepción:
El presidente con la autorización del senado y los ministros podrá llamar guerra de estado exterior para defender el derecho de los ciudadanos.
Los estados de excepción no podrán suspender derechos humanos nos libertades de los ciudadano, no interrumpirá el normal funcionamiento de las ramas del estados, el presidente y los ministros serán responsables en caso de falsos positivos con relaciones y guerras con países internacionales.
Fuerza publica:
Estará integrada por las fuerzas policiales y militares, la nación tendrá para su defensa fuerzas militares como lo son el ejercito, la armada y la fuerza aerea, la ley organizara el cuerpo de la policia, la fuerza publica no es independiente no podra avanzar sin la previa orden mayor del gobierno y la autorizacion del presidente de la republica en casos extremos.
Las relaciones internacionales
Para cualquier tipo de negociacion internacional el presidente debe tener la aprobacion del estado para afirmar y concluir el preyecto si nos se cimple este requisito la negociacion sera cancelada.
La comision acesora de las relaciones internacionales sera escogida por el gobierno y el presidente de la republica, el estado proveera la negociacion de relaciones internacionales ya sea economica politica, social.

Titulo VI DE LA RAMA LEGISLATIVA

Los senadores y representantes, deben ser elegidos por un periodo de 4 años.Se le prohibe al congreso exigir información de operaciones dilemáticas o negocios reservados, corresponde al congreso hacer las leyes.

EL CONGRESO:

El congreso deberá reformar leyes y aprobarlas por las camaras. Respectivamente para su perfecto cumplimiento, Con las leyes de estado el congreso velará por los derechos de los ciudadanos,administración de justicia, organización y régimen de los partidos.

Las leyes pueden tener origen desde cualquier miembro de la cámara, Ninguna ley puede ser establecida sin ser aprobadas por dos debates entre las cámaras de representantes y debe ser aprobada por el gobierno.

EL SENADO:

Estará conformado por cien miembros, elegidos por circunscripción nacional.
Para ser senador se necesita tener 30 años o mas en la fecha de elecciones, debe ser colombiano de nacimiento, Son atribuciones del senado: Elegir magistrado, procurador general de la nación, permitir acceso de tropas militares al territorio colombiano y a confirmar reuniones del presidente o vicepresidente.

LA CÁMARA DE REPRESENTANTES:

Los representantes son elegidos por el pais, deben ser mayores de 25 años.

La cámara de representantes deberá elegir: el defensor del pueblo, además examinar la cuenta general del presuspuesto y el tesoro.

Acusar frente al senado cualquier mal paso del presidente en su gobierno, conocer las denuncias puestas por el fiscal general de la nación

TITULO V DE LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO

CAPITULO I
Son ramas del poder publico legislativa, judicial, ejecutiva. Corresponde a el congreso de la república modificar las leyes levemente para una mejor reforma. Las cortes, el consejo, la fiscalía,el tribunal y los jueces administran la justicia.
El ministerio publico y la controlaría son organismos de control. La controlaría tiene a su cargo la vigilancia de la gestión fiscal y el control de resultado de la administración.
Ninguna autoridad del estado podrá ejercer funciones distintas a las que atribuye la constitución.
CAPITULO II
No habrá empleo publico que no tenga funciones detalladas en la ley o reglamento,la ley determinara la responsabilidad de los servidores publico y de la manera de hacerla efectiva.
Los servidores publico no podrán celebrar, por si o por interpuesta persona o en representación de otro.Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales.
Compete a la ley la reglamentación del servicio publico que prestan los notarios y registradores, la definición del régimen laboral para sus empleados o relativo como aporte. Corresponde al gobierno la creación, suspreción y fusión de los círculos notarios y oficinas de registro.

TITULO IV DE LA PARTICIÓN DEMOCRATICA Y DE LOS PARTIDOS POLITICOS

CAPITULO I
El estado apoyara eventos políticos que ayuden con la soberanía de la sociedad, el pueblo tiene derecho al voto y a recibir las promesas de su candidato.
El presidente podrá consultar al pueblo colombiano para tomar una decisión nacional.
Se debe seguir el previo seguimiento de las reglas q la ley implanta para consultas populares y campañas políticas .
CAPITULO II
Hay soberanía de partidos políticos la ley permitirá la implantación de partidos nuevos para las campañas electorales pero esta no podra rechazar partidos sin previa justificación,Por otro la do la ley podrá implantar leyes para seguir la reglas con el mejor seguimiento.
Se permitirá el apoyo del estado a campañas políticas electorales, por el contrario no podrá contribuir trabajadores publicas para evitar ventajas mayores.
CAPITULO III
Los partidos políticas que no participen en las elecciones tendrán derecho a servir como contadores en mesas de votación de colegiados y apoyar a otros partidos, además estos partidos tendrán derecho sobre el estado y ejerceran un papel importante en el estado según lo designe el presidente

TITILO III DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA

E LOS HABITANTES Y DEL TERRITORIO

CAPITULO 1 DE LA NACIONALIDAD

Son nacionales colombianos: Aquellos con nacimiento en el territorio nacional, pueden perder su nacionalidad colombianos adoptado por extranjeros, los indígenas y demás colombianos tiene derecho a su libre nacionalidad y si alguno deja de ser colombiano puede recobrarla con acuerdo de la ley, ninguna persona podrá ser privada de su nacionalidad.

CAPITULO 2 DE LA CIUDADANÍA

La ciudadanía se pierde al perder la nacionalidad pero puede ser rehabilitada con respaldo de la ley.

CAPITULO 3 DE LOS EXTRANJEROS

Los extranjeros podrán ser residentes colombianos y disfrutar de todos los recuerdos, derechos y deberes del ciudadano colombiano pero la ley podra suspender a su gusto algunos de estos derechos a los extranjeros asu vez los extranjeros podrán participar en la elecciones colombianas y consultas populares.

CAPITULO 4 DEL TERRITORIO

Todo el parámetro marítimo, aéreo, continental de subsuelo es por derecho colombiano y se delimita por acuerdos internacionales realizados por el congreso, el territorio con sus bienes pertenecen a la nación.

martes, 9 de marzo de 2010

Constitución Politíca De Colombia

Titulo II De la constitución colombiana de 1991



CAPITULO I

DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES:

Habla del derecho de la igualdad de tratos, tanto en los criminales como en los civiles, un trato oportuno para las familias pobres, toda persona tiene derecho a su personalidad sin prejuicio alguno, libertad de cultos, la paz es un derecho , libertas de entrada y salida del país, libertas social y jurídica.

CAPITULO II

DE LOS DERECHOS SOCIALES, ECONÓMICOS Y CULTURALES.

Inmunidad y apoyo a las familias, los niños deben tener un estudio una educación por parte de padres, una buena alimentación, el adolescente tiene derecho a la protección y formación social

La seguridad social, y de salud son obligaciones, el derecho ala recreación, una vivienda digna, ala negociación, la huelga, derecho a la propiedad privada, la educación es un derecho de la persona y un servicio publico que se debe reclamar, esta sera gratuitas en instituciones del estado, autonomía universitaria, libertad de expresión, la televisión debe ser regulada por un orden autóctono del estado nacional.


CAPITULO III

DE LOS DERECHOS COLECTIVOS Y DEL AMBIENTE

El derecho al ambiente sano, el estado planificara el manejo de los recursos generales, prohibida la importación fabricación de armas químicas, biológicas o nucleares. Es deber del estado velar por la protección del espacio publico.

CAPITULO IV

DE LA PROTECCIÓN Y APLICACIÓN DE LOS DERECHOS:

Las actuación de los particulares y autoridades publicas deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones de aquellos que adelanten ante estas.

Inmunidad al reglamento de una actividad o derecho general, toda persona tendrá acción de tutela para reclamar, toda persona podrá cusir ante la autoridad judicial para poner un denuncio, la ley regulara las acciones populares para la protección de los derechos colectivos,el estado responderá matrimonialmente por los daños antijuridicos que le sean imputados, causados por la acción u omisión de las autoridades públicas, cualquier persona natural o jurídica podrá solicitar la autoridad competente para sancionar un delito.

CAPÍTULOS V

DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES

Son nacionales colombianos:

1. Por nacimiento:

a) Los naturales de
Colombia, que con una de dos condiciones: que el padre o la madre hayan sido naturales o nacionales colombianos o que, siendo hijos de extranjeros, alguno de sus padres estuviere domiciliado en la República en el momento del nacimiento y;

b) Los hijos de padre o madre colombianos que hubieren nacido en tierra extranjera y fuego se
domiciliar en en territorio colombiano o registraren en una oficina consular de la República.

2. Por adopción:

a) Los extranjeros que soliciten y obtengan carta de naturalización, de acuerdo con la ley, la cual establecerá los casos en los cuales se pierde la
nacionalidad colombiana por adopción;

b) Los
Latinoamericanos y del Caribe por nacimiento domiciliados en Colombia, que con autorización del Gobierno y de acuerdo con la ley y el principio de reciprocidad, pidan ser inscritos como colombianos ante la municipalidad donde se establecieren, y;
Los miembros de los pueblos indígenas que comparten territorios fronterizos, con aplicación del principio de reciprocidad según tratados públicos.

Ningún colombiano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad. La calidad de nacional colombiano no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad. Los nacionales por adopci6n no estarán obligados a renunciar a su nacionalidad de origen o adopción. Quienes hayan renunciado a la nacionalidad colombiana podrán recobrarla con arreglo a la ley.

El colombiano, aunque haya renunciado a la calidad de nacional, que actúe contra los intereses del país en guerra exterior contra Colombia, será juzgado y penado como traidor. Los colombianos por adopción y los extranjeros domiciliados en Colombia, no podrán ser obligados a tomar las armas contra su país de origen; tampoco lo serán los colombianos nacionalizados en país extranjero, contra el país de su nueva nacionalidad.

lunes, 22 de febrero de 2010

Constitución Politíca De Colombia

Título 1-De los principios fundamentales
Resumen:

Artículo 1o. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

Artículo 2o. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

Artículo 3o. La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece.

Artículo 4o. La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales. Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades.

Artículo 5o. El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad.

Artículo 6o. Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.

Artículo 7o. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.

Artículo 8o. Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.

Artículo 9o. Las relaciones exteriores del Estado se fundamentan en la soberanía nacional, en el respeto a la autodeterminación de los pueblos y en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por Colombia. De igual manera, la política exterior de Colombia se orientará hacia la integración latinoamericana y del Caribe.

Artículo 10. El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe.